INICIATIVA LEGISLATIVA PRESENTADA
EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2014
POR EL CIUDADANO ALCALDE CARLOS
OCARIZ GUERRA ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL DE SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE
MIRANDA.
APROBADA EN PRIMERA DISCUSIÓN EL
21 DE SEPTIEMBRE DE 2014
APROBADA EN SEGUNDA DISCUSIÓN EL
06 DE NOVIEMBRE DE 2014
LEVANTAMIENTO DE SANCIÓN EL 11 DE
NOVIEMBRE DE 2014
REFORMA PRESENTADA EN MAYO 2015
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Comisión de Urbanismo, Ingeniería Local, Vialidad y Transporte del
Concejo Municipal de Sucre, presidida por el Concejal Juan Carlos Vidal, luego de realizar mesas de trabajo con
distintos órganos adscritos al Ejecutivo Municipal y con entes descentralizado
del municipio Sucre, somete a consideración del pleno de este cuerpo edilicio,
una Reforma a la Ordenanza aprobada el año pasado, conocida como Ordenanza de Progreso Popular: Mi
Propiedad. Regularización de la Tenencia
de la Tierra Urbana en jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Bolivariano
de Miranda.
El año 2014, el Municipio Sucre
emprendió una campaña para ofrecer a los vecinos de esta jurisdicción sin
distinción alguna, el acceso a la propiedad de la Tierra, que por largos años
ha venido habitando de manera pacífica y con ánimo de dueño cada una de sus
tierras, lo cual se configura como una justicia social para honrar a los
habitantes de este Municipio, que pasando tantos gobiernos locales y
legislativos no pudieron materializar esos logros.
Es por ello, que el esfuerzo
compartido de un sueño del Alcalde
Carlos Ocariz se aprueba y promulga en una Ordenanza novedosa que causó
revuelo nacional y logró que el Cabildo Metropolitano de Caracas, emitiera una
Ordenanza marco que obligaba a los municipios que lo integran, a realizar lo
conducente para que la Propiedad llegará a todas las personas sin
discriminación alguna.
Ya estando en plena vigencia la
Ordenanza, el Alcalde Carlos Ocariz
realizó numerosos actos, en los cuales emitió cientos de Certificados de Futuro
para generar seguridad y confianza a los ocupantes que serían los próximos
propietarios de sus terrenos, en el cual se enmarca para materializar esta
programa, un nutrido grupo de servidores públicos de diversas Dependencias
tales como: Sindicatura Municipal, Catastro Municipal, IMVIH Sucre, Asuntos
Comunitarios, Comisión de Urbanismo y otras instacias, teniendo especial
mención FundaSucre en la cual se centró gran parte de los esfuerzos con la
Oficina Técnica Municipal de Tierras.
Es el caso, que al momento de la
aprobación y promulgación de la Ordenanza no se incluyó el procedimiento que
ampara los casos de familias ocupantes de terrenos, donde su titularidad recaía
en propiedad de particulares o privados, por lo que la Ordenanza ocupó un
número importante de nuevos beneficiarios pero no a su totalidad, motivo por el
cual, se logra el consenso para presentar un proyecto que reforma al anterior,
agregando nuevos articulados, pero que resume todos los supuestos existentes en
el municipio con respecto a titularidades y así asegurar que este beneficio
llegue a cada rincón del Municipio Sucre.
En tal sentido, presentamos un adicional de
normas sobre los sesenta y tres originalmente aprobados y se realizaron algunas
precisiones que buscaban asegurar el fiel cumplimiento y eficacia de todas las
regulaciones específicamente en los siguientes supuestos:
-Se adecúa el reconocimiento de los
diversos niveles de rectoría sobre la materia (Artículo 11).
-Se adecúa la adscripción de la Oficina
Técnica Municipal (Artículo 13).
-Se aclaran los supuestos de Certificados
de Futuro en Tierras Privadas (Artículo 18).
-Se agrega la definición de propiedad de
naturaleza colectiva para asegurar que se entiendan familiares (Articulo 27).
-Se asegura que la inversión recibida fuera
por la Alcaldía y con obligación de inversión en la comunidad favorecida
(Artículo 32).
- Se precisa sobre la aplicación de la
Planta y Tabla de Valores en casos distintos a Vivienda (Artículos 35 y 36).
-Se agrega el Capítulo referido a Tierras
Privadas con un nuevo procedimiento (Articulos 57 al 83).
-Se aclara la contraprestación a la
comunidad favorecida y las disposiciones transitorias.
Finalmente, esta Reforma viene a
complementar el sueño realizado por nuestro Alcalde y materializado por este
legislativo municipal, que en esta oportunidad se termina de perfeccionar en el
nuevo programa que hoy siguen de cerca y que se conoce como
#SucreDePropietarios.
Abg. Juan Carlos Vidal S.
Concejal del Municipio Sucre
Presidente de la Comisión de Urbanismo,
Ingeniería Local, Vialidad y Transporte
INDICE DE LA ORDENANZA DE PROGRESO POPULAR: MI PROPIEDAD.
REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA URBANA EN JURISDICCIÓN
DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Título I
Disposiciones Generales
Objeto
Finalidad
Asentamientos
Urbanos
Principios
Rectores
Utilidad
Pública
Participación
Comunitaria
Ámbito de
Aplicación
Sujetos
Pasivos
Exclusiones
Interés
Superior, Niñas y Adolescentes
Título II
De los Órganos Rectores, La
Oficina Técnica Municipal y Dependencias Auxiliares
Capítulo I
De los órganos rectores
Niveles de
Rectoría
Planes
Rectores
Capítulo II
De la Oficina Técnica
Municipal
Naturaleza
de la Oficina Técnica Municipal
Atribuciones
Integrantes
y Consejo Consultivo
Carácter
gratuito del Consejo Consultivo
Comisiones Contraloras
Comunitarias
Certificado
de Futuro
Capítulo III
De los órganos y dependencias
auxiliares
Órganos y
Dependencias
Capítulo IV
De la participación
Comunitaria
Comité de
Tierras Urbanas y otras asociaciones comunitarias
Carta del
Barrio
Capítulo V
Del Catastro Popular de Sucre
Concepto y
Formación
Certificación
y validación del Catastro Popular
Incorporación
del Catastro Popular al Catastro Municipal
Capítulo VI
Naturaleza de la Propiedad a
adjudicar
Acto
Administrativo y traslativo de propiedad
Modalidades
de Propiedad
Naturaleza
familiar
Naturaleza
Colectiva
De la
organización para adquirir la propiedad
Derecho de
preferencia en caso de venta
Capítulo VII
Precio, condiciones y
exenciones
Área Máxima
Precio del
metro cuadrado
Exención de
pagos de tributos
Principio
de colaboración
Condiciones
Especiales
Usos Mixtos
Título III
Del Procedimiento para la
Regularización de la Tenencia de la Tierra en los Asentamientos Urbanos
Capítulo I
Disposiciones Generales de los
Procedimientos
Elementos
referenciales del Expediente
Sustanciación
del Expediente
Colaboración
Capítulo II
Tierras Públicas Municipales
Modalidades
del Inicio del Procedimiento
Formalización
del Inicio
Informe
Previo
Aprobación
y desafectación ante el Concejo Municipal
Contraloría
Municipal
Acuerdo de
Cámara Municipal
Decisión de
la Cámara Municipal
Inicio a
instancia de parte
Recaudos
Necesarios
Custodia y
Archivo
Inspecciones
Validación
de la Información
Redacción
de Documentos
Contenido
de los Documentos ante el Registro Público
Obligación
de los beneficiarios
Otorgamiento
ante el Registro Público
Devolución
por parte de la Sindicatura Municipal
Capítulo III
Tierras Privadas
Principio
sobre Tierras privadas
Inicio del
Procedimiento
Organización
Comunitaria
Requisitos
de la solicitud
Admisión
Sustanciación
Impulso del
Procedimiento
Alcance de
la Oficina Técnica Municipal
Presunción
de la ocupación
Excepciones
Notificación
Modalidades
de Notificación
Imposibilidad
de Notificación
Notificación
por carteles
Continuación
del Procedimiento
Medidas
Preventivas
Revocatoria
de la Medida Preventiva
Oposición o
Contestación
Lapso
Probatorio
Pruebas
Audiencia
Oral
Decisión
Cambios de
Zonificación
Decisión
favorable
De la No
interrupción del procedimiento
Terminación
del procedimiento
Solicitud
ante el INTU
Título IV
Del Procedimiento
Conciliatorio
Resolución
de Conflictos
Comisión
de Conciliación
Acuerdo
Conciliatorio
Informe de
Determinación de derechos
Título V
Contraprestación de la
Comunidad Favorecida
Proyecto de
mejora del entorno
Descripción
del Proyecto
Normas de
Convivencia
Título VI
Disposiciones Transitorias ,
Derogatorias y Finales
Disposición
Primera
Disposición
Segunda
Disposición
Tercera
Disposición
Cuarta
Disposición
Quinta
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
MUNICIPIO SUCRE
El Concejo Municipal del Municipio Sucre del
Estado Bolivariano de Miranda, en uso de las atribuciones que le confieren los
artículos 175 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en
concordancia con los artículos 54 numeral 1, 92 y 95 numeral 1 de la Ley
Orgánica del Poder Público Municipal, sanciona la siguiente:
REFORMA A LA ORDENANZA DE PROGRESO POPULAR: “MI PROPIEDAD”
REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA URBANA EN JURISDICCIÓN DEL
MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto
ARTÍCULO 1.- La presente reforma de Ordenanza tiene por objeto la
regulación del procedimiento a cargo del Poder Público Municipal, para lograr
la tenencia de la tierra en posesión de la población en asentamientos urbanos
dentro de la jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de
Miranda, a través del otorgamiento de los títulos de adjudicación, así como el
funcionamiento de la Oficina Técnica Municipal como parte del Ejecutivo
Municipal.
DISPOSICIÓN QUINTA.- Publíquese en Gaceta Municipal.
Dada firmada y sellada en el
salón donde celebra sus Sesiones el Ilustre Concejo Municipal de Sucre, a los
_____ días del mes de mayo del año Dos Mil quince. Años ____ de la
Independencia y ____ de la Federación.
Jorge Barroso Denis
Presidente del Concejo Municipal
Carmen Rosaura Mejías
Secretaría Municipal
PROMÚLGUESE
Carlos Ocariz Guerra
Alcalde del Municipio Sucre
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