jueves, 9 de julio de 2015

Invitamos a toda la población en general a que participe y de su opinión en esta reforma a la Ordenanza de Progreso Popular

Invitamos a toda la población en general a que participe y de su opinión en esta reforma a la Ordenanza de Progreso Popular  



INICIATIVA LEGISLATIVA PRESENTADA EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2014
POR EL CIUDADANO ALCALDE CARLOS OCARIZ GUERRA ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL DE SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

APROBADA EN PRIMERA DISCUSIÓN EL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2014
APROBADA EN SEGUNDA DISCUSIÓN EL 06 DE NOVIEMBRE DE 2014
LEVANTAMIENTO DE SANCIÓN EL 11 DE NOVIEMBRE DE 2014
REFORMA PRESENTADA EN MAYO 2015




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Comisión de Urbanismo, Ingeniería Local, Vialidad y Transporte del Concejo Municipal de Sucre, presidida por el Concejal Juan Carlos Vidal, luego de realizar mesas de trabajo con distintos órganos adscritos al Ejecutivo Municipal y con entes descentralizado del municipio Sucre, somete a consideración del pleno de este cuerpo edilicio, una Reforma a la Ordenanza aprobada el año pasado, conocida como Ordenanza de Progreso Popular: Mi Propiedad.  Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana en jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda.
El año 2014, el Municipio Sucre emprendió una campaña para ofrecer a los vecinos de esta jurisdicción sin distinción alguna, el acceso a la propiedad de la Tierra, que por largos años ha venido habitando de manera pacífica y con ánimo de dueño cada una de sus tierras, lo cual se configura como una justicia social para honrar a los habitantes de este Municipio, que pasando tantos gobiernos locales y legislativos no pudieron materializar esos logros.
Es por ello, que el esfuerzo compartido de un sueño del Alcalde Carlos Ocariz se aprueba y promulga en una Ordenanza novedosa que causó revuelo nacional y logró que el Cabildo Metropolitano de Caracas, emitiera una Ordenanza marco que obligaba a los municipios que lo integran, a realizar lo conducente para que la Propiedad llegará a todas las personas sin discriminación alguna.
Ya estando en plena vigencia la Ordenanza, el Alcalde Carlos Ocariz realizó numerosos actos, en los cuales emitió cientos de Certificados de Futuro para generar seguridad y confianza a los ocupantes que serían los próximos propietarios de sus terrenos, en el cual se enmarca para materializar esta programa, un nutrido grupo de servidores públicos de diversas Dependencias tales como: Sindicatura Municipal, Catastro Municipal, IMVIH Sucre, Asuntos Comunitarios, Comisión de Urbanismo y otras instacias, teniendo especial mención FundaSucre en la cual se centró gran parte de los esfuerzos con la Oficina Técnica Municipal de Tierras.
Es el caso, que al momento de la aprobación y promulgación de la Ordenanza no se incluyó el procedimiento que ampara los casos de familias ocupantes de terrenos, donde su titularidad recaía en propiedad de particulares o privados, por lo que la Ordenanza ocupó un número importante de nuevos beneficiarios pero no a su totalidad, motivo por el cual, se logra el consenso para presentar un proyecto que reforma al anterior, agregando nuevos articulados, pero que resume todos los supuestos existentes en el municipio con respecto a titularidades y así asegurar que este beneficio llegue a cada rincón del Municipio Sucre.
En tal sentido, presentamos un adicional de normas sobre los sesenta y tres originalmente aprobados y se realizaron algunas precisiones que buscaban asegurar el fiel cumplimiento y eficacia de todas las regulaciones específicamente en los siguientes supuestos:
-Se adecúa el reconocimiento de los diversos niveles de rectoría sobre la materia (Artículo 11).
-Se adecúa la adscripción de la Oficina Técnica Municipal (Artículo 13).
-Se aclaran los supuestos de Certificados de Futuro en Tierras Privadas (Artículo 18).
-Se agrega la definición de propiedad de naturaleza colectiva para asegurar que se entiendan familiares (Articulo 27).
-Se asegura que la inversión recibida fuera por la Alcaldía y con obligación de inversión en la comunidad favorecida (Artículo 32).
- Se precisa sobre la aplicación de la Planta y Tabla de Valores en casos distintos a Vivienda (Artículos 35 y 36).
-Se agrega el Capítulo referido a Tierras Privadas con un nuevo procedimiento (Articulos 57 al 83).
-Se aclara la contraprestación a la comunidad favorecida y las disposiciones transitorias.
Finalmente, esta Reforma viene a complementar el sueño realizado por nuestro Alcalde y materializado por este legislativo municipal, que en esta oportunidad se termina de perfeccionar en el nuevo programa que hoy siguen de cerca y que se conoce como #SucreDePropietarios.

Abg. Juan Carlos Vidal S.
Concejal del Municipio Sucre
Presidente de la Comisión de Urbanismo, Ingeniería Local, Vialidad y Transporte
















INDICE DE LA ORDENANZA DE PROGRESO POPULAR: MI PROPIEDAD.
REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA URBANA EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Título I
Disposiciones Generales
Objeto
Finalidad
Asentamientos Urbanos
Principios Rectores
Utilidad Pública
Participación Comunitaria
Ámbito de Aplicación
Sujetos Pasivos
Exclusiones
Interés Superior, Niñas y Adolescentes

Título II
De los Órganos Rectores, La Oficina Técnica Municipal y Dependencias Auxiliares

Capítulo I
De los órganos rectores

Niveles de Rectoría
Planes Rectores

Capítulo II
De la Oficina Técnica Municipal

Naturaleza de la Oficina Técnica Municipal
Atribuciones
Integrantes y Consejo Consultivo
Carácter gratuito del Consejo Consultivo
Comisiones Contraloras Comunitarias
Certificado de Futuro

Capítulo III
De los órganos y dependencias auxiliares

Órganos y Dependencias


Capítulo IV
De la participación Comunitaria

Comité de Tierras Urbanas y otras asociaciones comunitarias
Carta del Barrio

Capítulo V
Del Catastro Popular de Sucre

Concepto y Formación
Certificación y validación del Catastro Popular
Incorporación del Catastro Popular al Catastro Municipal

Capítulo VI
Naturaleza de la Propiedad a adjudicar

Acto Administrativo y traslativo de propiedad
Modalidades de Propiedad
Naturaleza familiar
Naturaleza Colectiva
De la organización para adquirir la propiedad
Derecho de preferencia en caso de venta

Capítulo VII
Precio, condiciones y exenciones

Área Máxima
Precio del metro cuadrado
Exención de pagos de tributos
Principio de colaboración
Condiciones Especiales
Usos Mixtos

Título III
Del Procedimiento para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en los Asentamientos Urbanos

Capítulo I
Disposiciones Generales de los Procedimientos

Elementos referenciales del Expediente
Sustanciación del Expediente
Colaboración

Capítulo II
Tierras Públicas Municipales

Modalidades del Inicio del Procedimiento
Formalización del Inicio
Informe Previo
Aprobación y desafectación ante el Concejo Municipal
Contraloría Municipal
Acuerdo de Cámara Municipal
Decisión de la Cámara Municipal
Inicio a instancia de parte
Recaudos Necesarios
Custodia y Archivo
Inspecciones
Validación de la Información
Redacción de Documentos
Contenido de los Documentos ante el Registro Público
Obligación de los beneficiarios
Otorgamiento ante el Registro Público
Devolución por parte de la Sindicatura Municipal

Capítulo III
Tierras Privadas

Principio sobre Tierras privadas
Inicio del Procedimiento
Organización Comunitaria
Requisitos de la solicitud
Admisión
Sustanciación
Impulso del Procedimiento
Alcance de la Oficina Técnica Municipal
Presunción de la ocupación
Excepciones
Notificación
Modalidades de Notificación
Imposibilidad de Notificación
Notificación por carteles
Continuación del Procedimiento
Medidas Preventivas
Revocatoria de la Medida Preventiva
Oposición o Contestación
Lapso Probatorio
Pruebas
Audiencia Oral
Decisión
Cambios de Zonificación
Decisión favorable
De la No interrupción del procedimiento
Terminación del procedimiento
Solicitud ante el INTU

Título IV
Del Procedimiento Conciliatorio

Resolución de Conflictos
Comisión de Conciliación
Acuerdo Conciliatorio
Informe de Determinación de derechos

Título V
Contraprestación de la Comunidad Favorecida

Proyecto de mejora del entorno
Descripción del Proyecto
Normas de Convivencia

Título VI
Disposiciones Transitorias , Derogatorias y Finales

Disposición Primera
Disposición Segunda
Disposición Tercera
Disposición Cuarta
Disposición Quinta












































REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
MUNICIPIO SUCRE

El Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 175 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 54 numeral 1, 92 y 95 numeral 1 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, sanciona la siguiente:

REFORMA A LA ORDENANZA DE PROGRESO POPULAR: “MI PROPIEDAD”
REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA URBANA EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Objeto

ARTÍCULO 1.- La presente reforma de Ordenanza tiene por objeto la regulación del procedimiento a cargo del Poder Público Municipal, para lograr la tenencia de la tierra en posesión de la población en asentamientos urbanos dentro de la jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, a través del otorgamiento de los títulos de adjudicación, así como el funcionamiento de la Oficina Técnica Municipal como parte del Ejecutivo Municipal.
DISPOSICIÓN QUINTA.- Publíquese en Gaceta Municipal.
Dada firmada y sellada en el salón donde celebra sus Sesiones el Ilustre Concejo Municipal de Sucre, a los _____ días del mes de mayo del año Dos Mil quince. Años ____ de la Independencia y ____ de la Federación.


Jorge Barroso Denis
Presidente del Concejo Municipal



Carmen Rosaura Mejías
Secretaría Municipal
PROMÚLGUESE


Carlos Ocariz Guerra
Alcalde del Municipio Sucre


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